El Diputado Luis Ladino, coordinador dela Bancada del PAN en el Congreso del Estado presentó iniciativa con proyecto de decreto para reformar el artículo 8° de la Ley de Estatal de Responsabilidad de los Servidores Públicos.
En su exposición de motivos el legislador manifestó la necesidad de que se elabore un catálogo de sanciones adicionales a las contempladas, toda vez que se debe de buscar apegarse a la realidad de los hechos jurídicos, esto obedece a que actualmente el mencionado artículo no contempla la medición de una sanción mínima y máxima, por lo que se correría el riesgo que, con los nuevos principios procesales y la ponderación de los derechos humanos, alguna conducta que no fuera considera de alto daño al bien jurídico tutelado, se deje sin sanción alguna, motivo por el cual se considera necesario proponer un catálogo que contemple más sanciones, desde la amonestación Pública hasta la destitución e inhabilitación del cargo.
Por lo anterior el Diputado ladino propuso reforma el artículo 8 de la Ley Estatal de Responsabilidad de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:
ARTICULO 8.- Si la resolución que se dicte en el Juicio Político es condenatoria, se sancionará al servidor público algunas de las siguientes penas:
- Amonestación Pública,
- Destitución temporal del cargo; y
III. Destitución definitiva del cargo;
Podrá imponerse inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público desde un año hasta catorce años. Para la imposición de las penas señaladas se deberá, analizar las particulares de la conducta y del Servidor Público.
En el apartado de Transitorios la iniciativa contempla que de aprobarse el presente decreto, los Juicios Políticos que se encuentren en proceso, ante la Comisión de Responsabilidades, no les sea aplicable la reforma propuesta, por lo que deberán ajustares a la sanciones que se contemplaban en el decreto que presentó al pleno.