Colima, la entidad con mayores restricciones para instalación de gasolineras

 

Colima como entidad está clasificada como uno de los estados que mayores restricciones legales tiene para la instalación de gasolineras, esto de acuerdo a un estudio realizado por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

De acuerdo a este estudio, Colima, al igual que 29 entidades federativas en el país, existen leyes y reglamentos que bloquean injustificadamente la entrada de nuevos ‘jugadores’ al mercado de expendios de gasolinas, lo que inhibe los incentivos para bajar los precios vía competencia.

“La entidad con más normativas estatales restrictivas es Colima, con cinco, seguido de Baja California, Chihuahua, CDMX, Jalisco, Michoacán, Sinaloa y Veracruz (con cuatro cada uno); después Coahuila, Guerrero, Hidalgo, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí y Tamaulipas (con tres cada uno); luego Chiapas, Nayarit, Sonora y Tabasco (con dos cada uno); y de Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Guanajuato, Morelos, Puebla, Quintana Roo, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, con una normativa cada uno”, señala el documento.

Además, la Cofece revisó un universo de 319 leyes y reglamentos estatales y municipales y encontró una alta incidencia de regulaciones restrictivas, algunas de ellas invasivas de atribuciones federales y otras tantas anacrónicas, pues entran en conflicto con lo establecido por la reforma energética del 2013-2014.

En este sentido, el análisis de la instancia antimonopolios arrojó seis tipos de limitaciones para la instalación de nuevas gasolineras: ambientales, de distancias, de superficies, requisitos, autorizaciones y de homologación con estándares de Petróleos Mexicanos (Pemex), siendo que esta empresa ya no es autoridad y dejó de tener atribuciones regulatorias.

Por ejemplo, se encontró que en todo San Luis Potosí las nuevas estaciones tienen que ubicarse a dos kilómetros a la redonda de otra que ya esté funcionando o se encuentre autorizada su construcción; en las carreteras deben ubicarse a una distancia de 30 kilómetros entre una y otra, lo anterior a pesar de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto que limitar la distancia entre negocios del mismo giro es inconstitucional.

Se identificó también que en la zona urbana de Ensenada no se permite construir estaciones de servicio en terrenos menores de 900 metros cuadrados, mientras que en Guadalajara, Colima, Durango, Campeche y Tuxtla Gutiérrez se prevé que la superficie mínima será, en zonas urbanas, de 400 metros cuadrados en esquina y 800 en no esquina, y para zonas rurales de 400 dentro del poblado, 800 fuera del poblado, 2,400 metros cuadrados en carreteras y 400 en miniestaciones.

Estas restricciones inciden en la baja penetración de estaciones de servicio en México, donde por cada 3,270 de automóviles hay una estación de servicio, mientras en países como España por cada estación de servicio hay 2,890 vehículos y en Estados Unidos hay 1,640. Específicamente en la Ciudad de México, por cada estación de servicio hay 12,306 vehículos.

Los dos tipos de obstáculos más frecuentes encontrados por la Cofece se refieren a los requisitos que son inconsistentes con la normatividad federal (NOM-005-ASEA-2016) y a la forma de obtener autorizaciones, cuyo procedimiento es discrecional, pues se encontraron 60 normativas restrictivas en cada caso. Les siguen las restricciones de tipo ambiental (36 normativas), de distancias (34), de homologación de estándares de Pemex (29) y de superficies (26).

 

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