*Además sancionan a la Consejera Presidente Ayizde Anguiano por no entregar en tiempo y forma documentación solicitada.
Alfredo Quiles Cabrera
Por mayoría de votos el Tribunal Electoral del Estado (TEE), revocó la remoción del secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Estado (IEEC), por considerar que no se fundamentaron las causas por las cuales fue destituido Miguel Ángel Núñez Martínez.
Además el pleno del Tribunal Electoral aprobó aplicar una multa equivalente a 100 Unidades de Medidas de Actuación, a la presidenta provisional de ese organismo electoral, Ayizde Anguiano Polanco, por haber entregado al TEE de manera extemporánea el informe circunstanciado y el acta certificada que le fue requerida por el Tribunal Electoral
Al celebrarse este martes la sexta sesión extraordinaria del periodo interproceso 2017, del Tribunal Electoral del Estado de Colima, donde se puso a la consideración del pleno el proyecto de resolución definitiva relativo al Juicio para la Defensa Ciudadana Electoral interpuestos por Miguel Ángel Núñez Martínez y el Partido Nueva Alianza, respectivamente.
Los magistrados electorales, dos de tres, coincidieron en que la presidenta provisional del Instituto Electoral del Estado de Colima, se arrogó facultades que no eran de su competencia, al admitir en su declaración que por decisión de ella no se citó al ofendido Miguel Ángel Núñez Martínez, a la sesión de fecha 26 de enero donde se le destituyó como secretario Ejecutivo.
Al haberle negado a Núñez Martínez haber participado en la sesión del 26 de enero del presente año y no haberle enterado de las causas por las cuales se procedió a su remoción, se le dejó en un estado de indefensión y una vulneración.
Los argumentos expuestos por el Consejo General del IEE, en el sentido de remover a Miguel Ángel Núñez por habérsele “perdido la confianza”, pero sin abundar, no fue motivo suficiente para los Magistrados para que se haya procedido en su contra.
Respecto a la multa que le fue impuesta a Ayizde Anguiano, el magistrado Roberto Rubio Torres, destacó que se le aplicó dicha sanción a la presidenta provisional del Instituto Electoral del Estado de Colima, Ayizde Anguiano Polanco, por haber entregado al TEE de manera extemporánea el informe circunstanciado y el acta certificada que le fue requerida por el Tribunal Electoral.
Al no cumplir en el plazo que se le había fijado se aprobó por unanimidad aplicar una multa equivalente a 100 Unidades de Medidas de Actualización UNA, que al día de hoy ascendía a 7 mil 519 pesos.
Por lo tanto, se autorizó al presidente del Tribunal Electoral del Estado de Colima, Guillermo de Jesús Navarrete Zamora, a que solicite a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del estado, aplique dicha sanción, y en caso de incumplimiento se apliquen las medidas coactivas a que haya lugar para que se realice ese cobro, debiendo informar al Tribunal Electoral, cuando se haya cumplido esta disposición.
Sin embargo, los magistrados no dictaminaron si debería de ser reinstalado el Secretario Ejecutivo Miguel Ángel Núñez, pues acordaron que el expediente sería engrosado.