Actualizan definición de caso sospechoso de Covid-19

+La Federación emite nuevos lineamientos para la vigilancia epidemiológica de esta enfermedad

 

La Secretaría de Salud y Bienestar Social del Gobierno del Estado informa que por nueva definición, un caso sospechoso de Covid-19 es cualquier persona que en los últimos 10 días haya presentado al menos uno de los síntomas de tos, fiebre o dolor de cabeza y además alguno de otros 10 signos.

 

En la rueda de prensa que ofrece diario en vivo, la secretaria de Salud, Leticia Guadalupe Delgado Carrillo, explicó que esta nueva definición de caso sospechoso se deriva de la actualización de vigilancia epidemiológica emitida por el nivel federal, con la que ahora se amplía la gama de indicadores para la notificación de casos.

 

Puntualizó que la triada principal de síntomas para Covid-19 es tener tos, fiebre o dolor de cabeza, así como cualquiera de los síntomas siguientes:

 

Dolor en los músculos, en las articulaciones o “coyunturas”, falta de olfato, escalofríos, dolor en el pecho, escurrimiento nasal, aumento en la profundidad de la respiración (necesidad de jalar más aire), inflamación de la nariz, falta de sabor en alimentos o los ojos rojos.

 

Ante estos síntomas, dijo que hay que llamar al 800DESALUD (800 33 72583) para recibir asesoría, mantenerse en aislamiento en casa y seguir las indicaciones.

 

En caso de tener dolor de pecho o dificultad para respirar, de inmediato hay que acudir a urgencias de la unidad hospitalaria correspondiente.

 

La secretaria de Salud expuso que esta nueva definición de caso sospechoso a Covid-19 es debido a que los nuevos lineamientos incluyen la notificación diaria de casos a los pacientes que tuvieron estudio epidemiológico con posibilidad de registro en la plataforma del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Infecciones Respiratorias y que además se les aplicó la prueba molecular por PCR de laboratorio.

 

Asimismo, considera a quienes tuvieron prueba rápida de antígenos por lo que se captura su resultado y las pruebas que se aplican en unidades que no son monitoras de enfermedades respiratorias.

 

Todo ello significa que la movilidad del número de casos será a partir del momento de la aplicación de estos nuevos lineamientos, por la disponibilidad de pruebas y por la apertura de la Federación para los contagios diagnosticados por medio de la prueba de antígeno.

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