Avala congreso, minuta de reforma para poder judicial de la federación

* Prevé la equidad de género; actualmente el 80% de magistrados y jueces son hombres

* Se impulsará Escuela de formación para los integrantes del Poder Judicial

 

Con la reforma a diversos artículos de la Constitución Federal, el diputado Guillermo Toscano, manifestó que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), estará facultado para expedir acuerdos generales, a fin de lograr una adecuada distribución entre las Salas de los asuntos que competa conocer a la Corte, además se entrega la facultad al Consejo de la Judicatura Federal para nombrar a magistradas y magistrados de Circuito, y juezas y jueces de Distrito. También se prevé la equidad de género, pues actualmente el 80% de magistrados y jueces son hombres.

 

Lo anterior, luego de que el Congreso del Estado de Colima, aprobó por mayoría la minuta con proyecto de Decreto por el que se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos al Poder Judicial de la Federación, el cual fue enviado por la Cámara de Diputados Federal al Congreso del Estado de Colima.

 

El también presidente de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentario, Guillermo Toscano Reyes, aseguró que con las nuevas medidas se evita el nepotismo, pues las magistradas y los magistrados de Circuito, así como las Juezas y los Jueces de Distrito serán nombrados y adscritos por el Consejo de la Judicatura Federal, con base en criterios objetivos y de acuerdo con los requisitos y procedimientos que establezcan las disposiciones aplicables, “durarán 6 años en el ejercicio de su encargo, al término de los cuales, si fueran ratificados, sólo podrán ser privados de sus puestos en los casos y conforme a los procedimientos que establezca la ley”.

 

La ley, agregó que establecerá las bases para la formación y actualización de funcionarias y funcionarios, así como para el desarrollo de la carrera judicial, la cual se regirá por los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, independencia y paridad de género.

 

Precisó que el Consejo de la Judicatura Federal contará con una Escuela Federal de Formación Judicial encargada de implementar los procesos de formación, capacitación y actualización del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial de la Federación y sus órganos auxiliares, así como de llevar a cabo los concursos de oposición para acceder a las distintas categorías de la carrera judicial en términos de las disposiciones aplicables.

 

Destacó el Impulso de la carrera judicial, a través de una escuela de formación para todos los integrantes del Poder Judicial de la Federación, como lo son jueces, magistrados, secretarios, defensores públicos, asesores jurídicos, con la finalidad de que cuenten con una preparación basada en los métodos más modernos de impartición de justicia con sensibilidad social y humana, además de que estos cargos estén sujetos a concurso con transparencia.

 

El legislador dijo que se garantiza la paridad de género, “principio ineludible para que nuestra sociedad avance con plenitud de derechos. Se requiere corregir el desequilibrio en la proporción de hombres y mujeres que integran el poder judicial federal, ya que, en la actualidad, alrededor de 80 por ciento de los jueces y magistrados federales son hombres. Por ello, es necesario romper estereotipos y barreras para que la participación de las mujeres en la carrera judicial sea paritaria”.

 

Mencionó que sobre el servicio de defensoría pública en asuntos del fuero federal será proporcionado por el Consejo de la Judicatura Federal a través del Instituto Federal de Defensoría Pública, “la Escuela Federal de Formación Judicial será la encargada de capacitar a las y los defensores públicos, así como de llevar a cabo los concursos de oposición”.

 

Señaló que el Consejo de la Judicatura Federal, determinará el número, división en circuitos, competencia territorial y especialización por materias, entre las que se incluirá la de radiodifusión, telecomunicaciones y competencia económica, de los Tribunales Colegiados de Circuito, de los Tribunales Colegiados de Apelación y de los Juzgados de Distrito.

 

El legislador indicó que en ejercicio de sus facultades regulatorias, el Consejo de la Judicatura Federal adoptará las medidas necesarias para convertir los Tribunales Unitarios de Circuito en Tribunales Colegiados de Apelación, y los Plenos de Circuito en Plenos Regionales, considerando que en cada entidad federativa, haya al menos, un Tribunal Colegiado de Apelación, el establecimiento de los Plenos Regionales partirá de la agrupación de Circuitos según las cargas de trabajo y las estadísticas de asuntos planteados y resueltos.

 

Indicó que dicha reforma Constitucional contempla también que cuando una sala del Tribunal Electoral sustente un criterio sobre la inconstitucionalidad de algún acto o resolución o sobre la interpretación de un precepto de esta Constitución, y dicho criterio pueda ser contradictorio con uno sostenido por las salas o el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, cualquiera de las Ministras y Ministros, las salas o las partes, podrán denunciar la contradicción en los términos que señale la ley, para que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación decida en definitiva cuál criterio debe prevalecer.

 

De acuerdo con los transitorios, el Congreso de la Unión, dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, deberá aprobar la legislación secundaria derivada del mismo.

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