Aprueba congreso incentivos al municipio de Cuauhtémoc a quienes paguen el predial anticipado 2021 en los meses de Marzo-Abril

Con la finalidad de otorgar estímulos económicos a los contribuyentes para paliar los efectos que en la economía ha tenido la pandemia en el municipio de Cuauhtémoc, el pasado 15 de febrero el Congreso del Estado aprobó la  iniciativa municipal que originalmente se remitió para que se otorgará el 15% de incentivos a quienes pagarán la anualidad anticipada del predial  2021, la que, sin embargo fue aprobada con el incentivo del 13%.

 

La iniciativa municipal  fue enviada al Congreso el pasado 22 de enero, por el presidente municipal interino Julio Borjas Cárdenas luego de que el Cabildo aprobara la propuesta, y se remitió al Poder Legislativo para que, en el ámbito de sus atribuciones aprobara “el otorgamiento de un incentivo fiscal a favor de los contribuyentes del municipio de Cuauhtémoc, Colima, consistente en la bonificación o descuento del 15% del importe del impuesto predial durante los meses de febrero, marzo y hasta el 30 de abril del 2021”.

 

La  Comisión parlamentaria, sin embargo , estimó  “oportuno llevar a cabo la modificación a la iniciativa de mérito y por tal autorizar, previa aprobación del Pleno, que la extensión de la bonificación que se ha planteado hasta el 30 de abril del año en curso, sea del 13 por ciento en el pago del impuesto por anualidad adelantada, y no del 15 por ciento como originalmente se había propuesto por el Ayuntamiento”; argumentando que ya para al mes de febrero se había contemplado ese porcentaje de bonificación, y que “otorgar un beneficio mayor redundaría en una falta de equidad tributaria para aquellos contribuyentes que de manera puntual han efectuado sus pagos en este segundo mes del año”.

 

El Decreto aprobado consigna que “Se autoriza el 13 por ciento de bonificación a favor de los contribuyentes del municipio de Cuauhtémoc, Colima, que paguen el impuesto predial por anualidad adelantada durante los meses de marzo y hasta el 30 de abril de 2021; siempre que el monto de dicho impuesto sea mayor a 2 unidades de medida y actualización, en predios urbanos, y 3 unidades de medida y actualización en predios rústicos”.

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