Congreso legisla en beneficio de contribuyentes de Manzanillo y Cuauhtémoc

Durante la Sesión Extraordinaria realizada ayer martes, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado Colima aprobaron una serie de decretos relativos a reformar la Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para el Pago de Derechos por los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Manzanillo, así como la Ley de Hacienda para el Municipio de Cuauhtémoc, al igual que el Decreto que autoriza el desechamiento de diversas iniciativas con proyecto de decreto analizadas por las comisiones de Hacienda, Fiscalización y Cuenta Pública, así como de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, en virtud del impacto presupuestario que causaría su materialización.

En primera instancia, se aprobó reformar “el artículo cuarto transitorio de la Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para el Pago de Derechos por los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Manzanillo, para quedar en los siguientes términos: Cuando el propietario de un terreno solicite la incorporación al sistema a que hace referencia el Artículo 10 fracción III de la presente Ley, tratándose de uso de suelo industrial, con destino a patios de maniobras, almacenamiento de contenedores, para tracto camiones y remolques, y siempre que se acredite el cumplimiento de las disposiciones del Programa Parcial de Desarrollo Urbano “Tapeixtles – Jalipa, Programa Parcial de Desarrollo Urbano El Colomo, Programa Parcial de Desarrollo Urbano Campos, según sea la ubicación, y de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Colima”; como incentivo fiscal durante el ejercicio fiscal 2024, se otorgará a los usuarios un descuento sobre la cuota que al efecto se establece en el artículo citado en supra líneas, en los términos siguientes: del 50% a partir del mes de septiembre y hasta diciembre de 2024.

Es importante señalar que este Decreto aprobado entró en vigor a partir del día siguiente al de su aprobación por el Poder Legislativo del Estado de Colima, y permanecerá vigente hasta el 30 de diciembre de 2024.

A continuación, las y los legisladores aprobaron reformar el inciso m), y se adiciona el inciso n), ambos de la fracción I del artículo 82, de la Ley de Hacienda para el Municipio de Cuauhtémoc, para quedar en los términos siguientes:

“ARTÍCULO 82.- […] UMA I. […] a) al l) […] m) Por el levantamiento del acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género 0.00 n) Los demás actos, cada uno 1.00 II. […] a) al c) […] III. […] a) al c) […] […] […]”, lo anterior con la finalidad de garantizar, entre otros derechos humanos fundamentalmente inalienables, el derecho al reconocimiento de la identidad de género, propiciando las condiciones para que el acceso al procedimiento que conlleva su ejercicio ante la Oficialía del Registro Civil sea fácil, expedito y gratuito, beneficiando a la ciudadanía que opte por tramitarlo.

Finalmente, en otro Decreto aprobado, elaborado conjuntamente por las comisiones de Hacienda, Fiscalización y Cuenta Pública, así como de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, se propuso el desechamiento de diversas iniciativas con proyecto de decreto, en virtud del impacto presupuestario que causaría su materialización.

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