Reformar Código Civil para eliminar la deuda histórica con la Comunidad Trans: Vladimir Parra

El Diputado Vladimir Parra Barragán, Presidente de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios, presentó en tribuna una modificación al Código Civil para permitir que las personas transgénero puedan modificar sus documentos legales y garantizar su identidad de género.

Parra Barragán comentó que tenemos una deuda histórica con la comunidad LGBTTTI que debemos comenzar a pagar. Debemos parar la violencia contra la comunidad y hacer lo que esté en nuestras manos para garantizar sus derechos básicos, como la salud, la libertada, el libre desarrollo de su personalidad, su identidad, la educación. No podemos seguir contribuyendo a la invisibilización de “los nadie”.

El legislador morenista comentó que la identidad es lo más esencial para una persona; para su desarrollo. Es un Derecho Humano básico que repercute en el ejercicio de todos los demás derechos.  De la misma forma Parra Barragán señaló que le corresponde al Estado promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas. Los poderes públicos Estatales y Municipales deberán eliminar aquellos obstáculos que limiten en los hechos su ejercicio e impidan el pleno desarrollo de las personas, así como su efectiva participación en la vida política, económica, laboral, cultural y social del país y promoverán la participación de las autoridades en la eliminación de dichos obstáculos.

Agregó que la reforma en el 2011 al artículo primero de la Constitución Federal tiene un sentido y una trascendencia profunda, da un cambio de rumbo en la interpretación y aplicación de las leyes y derechos, y da las bases para combatir las agresiones, violaciones y transgresiones a los Derechos Humanos de nuestro pueblo. Parra Barragán dijo que, actualmente, nuestro Código Civil establece una serie de procedimientos y casos específicos en los que se puede realizar una rectificación o aclaración de las actas que expide la Dirección del Registro Civil, pero en tales supuestos no se establece específicamente la modificación de las actas de nacimiento para adecuarlas a la expresión real de la identidad de las personas, sobre todo de la comunidad LGBTTTI.

Finalmente el Diputado señaló que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) considera que para prevenir y combatir la violencia contra las personas de la comunidad LGBTTTI, los Estados deben adoptar un marco jurídico que específicamente proteja a las personas contra la discriminación basada en la orientación sexual, la identidad de género o diversidad corporal, debido al vínculo inherente entre violencia y discriminación que se examinó en el segundo capítulo de este informe.

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