26 de septiembre | Día Nacional de la Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos

El 26 de septiembre de cada año se celebra en México el Día Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos, con el objetivo de generar conciencia y reflexionar sobre el valor de la donación.
En México hay más de 22 mil personas esperando un trasplante. Sin embargo, si una persona se une al programa de donación puede salvar hasta cinco vidas y marcar una gran diferencia.

¿Qué es la donación de órganos?

La donación de órganos consiste en la extracción de órganos o tejidos del cuerpo de una persona fallecida recientemente o de un donante vivo, con el propósito de implantarlo en una persona a la que le ha sido extirpado. Entre los órganos internos que se pueden donar se encuentran: riñones, corazón, hígado, páncreas, intestinos y pulmones. La piel, los huesos, la médula ósea y la córnea, son también tejidos trasplantables.

La donación se clasifica en dos categorías: la primera es la donación cadavérica, que consiste en la donación de órganos tras haber fallecido. Si la muerte se debe a un paro cardio-respiratorio (deja de funcionar el corazón), solo se pueden donar tejidos como córneas, pues la circulación y oxigenación al resto del cuerpo se detienen; si es por muerte encefálica, únicamente el tallo cerebral deja de recibir sangre, lo que brinda la oportunidad de donar órganos como el corazón, hígado, pulmones, páncreas y tejidos.

La segunda es la donación en vida, la que, en casos específicos, permite donar algún órgano o porción del mismo sin que afecte la salud del donante (como la donación de un riñón).

Es importante mencionar que no todas las personas, tras su fallecimiento o en vida, pueden ser donantes, por lo que es fundamental concretar una evaluación minuciosa del organismo, a fin de determinar las condiciones en las que se halla el cuerpo y ciertos órganos en particular, debido a lo cual el CENATRA y la Ley General de Salud ofrecen dos opciones:

Tarjeta de Donador Voluntario: Documento Oficial de Donación que manifiesta consentimiento expreso de todas aquellas personas cuya voluntad, después de la vida, sea donar sus órganos y/o tejidos para fines terapéuticos.
No ser donador: La ley reconoce el derecho de un ciudadano a no donar sus órganos, lo que significa que hay camino abierto para tomar cualquiera de estas alternativas.
En cuanto a la toma de decisión para convertirse en donante, existen dos tipos:

La donación tácita, que es cuando un posible donador o donante no manifiesta en un documento la negativa para que después de su muerte, sus órganos sean utilizados para trasplante. Dicho consentimiento debe obtenerse de las siguientes personas que se encuentren presentes al momento de la muerte: el o la cónyuge, el concubinario, la concubina, los descendientes, los ascendientes, los hermanos, el adoptado o el adoptante. Si están presentes más de una de las personas citadas, se aplicará la prelación (prioridad o preferencia con que una persona debe ser atendida o considerada respecto a otra u otras) correspondiente según el nivel de parentesco.
La donación expresa, que es la acción de manifestar por escrito o verbalmente la voluntad de donar sus órganos en vida o después de fallecer. Se considerará donación amplia si se refiere a la disposición total del cuerpo, o limitada si solo se autoriza el uso de determinados componentes.

Más información en https://www.gob.mx/salud%7Cseguropopular/articulos/26-de-septiembre-dia-nacional-de-la-donacion-y-trasplante-de-organos

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