Durante la sesión ordinaria de este miércoles, se aprobó la Ley de Ingreso del Estado de Colima. De acuerdo con lo presentado, se estima que a las arcas ingresen 18 mil 565 millones, 434 mil 132 pesos, provenientes de distintos rubros.
En el documento también se señala que “las dependencias de la administración pública centralizada y entidades de la administración pública paraestatal, que cuenten con disponibilidades de recursos estatales destinados a un fin específico previsto en ley, en reglas de operación, convenios, contratos o en instrumentos jurídicos de cualquier naturaleza, que al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior, no hayan sido devengados conforme a los calendarios respectivos, deberán reintegrase a la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, a más tardar el 15 de enero del 2022, incluyendo los rendimientos financieros que hubieran generado”.
Respecto a esto, agrega que “los aprovechamientos provenientes de los enteros que realicen los mencionados entes públicos no se considerarán extemporáneos, por lo que no causan daño a la hacienda pública ni se cubrirán cargas financieras, siempre y cuando dichas disponibilidades hayan estado depositadas en cuentas bancarias de los referidos entes públicos”.
El dictamen señala que además, “se derogan las disposiciones que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas como no sujetos de contribuciones estatales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos y contribuciones estatales, distintos de los establecidos en el Código Fiscal del Estado de Colima, en la Ley de Hacienda del Estado de Colima y en la presente Ley”
Esta Ley consta de 13 artículos que se componen de la siguiente manera:
Artículo 1. Ingresos de la Hacienda Pública
Artículo 2. Ingresos locales
Artículo 3. Concentración de los ingresos en la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.
Artículo 4. Acreditación de los conceptos de ingresos
Artículo 5. Ingresos no comprendidos en la Ley de Ingresos
Artículo 6. Percepciones de ingresos federales
Artículo 7. Derogación de disposiciones
Artículo 8. Recaudación de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez
Artículo 9. Recaudación del Instituto para el Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Estado de Colima
Artículo 10. Tasas de recargos
Artículo 11. Incentivos Fiscales
Artículo 12. Atribución de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración de recibir anticipos o adelantos de participaciones, aportaciones, apoyos y subsidios federales o de otros ingresos
Artículo 13. Ingresos que se constituyen como obligaciones de garantía de deuda pública
El documento fue aprobado con 19 votos a favor, las abstenciones de la fracción parlamentaria del PAN y el voto en contra del diputado del Verde Ecologista, Roberto Chapula.
Durante la sesión ordinaria de este miércoles, se aprobó la Ley de Ingreso del Estado de Colima. De acuerdo con lo presentado, se estima que a las arcas ingresen 18 mil 565 millones, 434 mil 132 pesos, provenientes de distintos rubros.
En el documento también se señala que “las dependencias de la administración pública centralizada y entidades de la administración pública paraestatal, que cuenten con disponibilidades de recursos estatales destinados a un fin específico previsto en ley, en reglas de operación, convenios, contratos o en instrumentos jurídicos de cualquier naturaleza, que al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior, no hayan sido devengados conforme a los calendarios respectivos, deberán reintegrase a la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, a más tardar el 15 de enero del 2022, incluyendo los rendimientos financieros que hubieran generado”.
Respecto a esto, agrega que “los aprovechamientos provenientes de los enteros que realicen los mencionados entes públicos no se considerarán extemporáneos, por lo que no causan daño a la hacienda pública ni se cubrirán cargas financieras, siempre y cuando dichas disponibilidades hayan estado depositadas en cuentas bancarias de los referidos entes públicos”.
El dictamen señala que además, “se derogan las disposiciones que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas como no sujetos de contribuciones estatales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos y contribuciones estatales, distintos de los establecidos en el Código Fiscal del Estado de Colima, en la Ley de Hacienda del Estado de Colima y en la presente Ley”
Esta Ley consta de 13 artículos que se componen de la siguiente manera:
Artículo 1. Ingresos de la Hacienda Pública
Artículo 2. Ingresos locales
Artículo 3. Concentración de los ingresos en la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.
Artículo 4. Acreditación de los conceptos de ingresos
Artículo 5. Ingresos no comprendidos en la Ley de Ingresos
Artículo 6. Percepciones de ingresos federales
Artículo 7. Derogación de disposiciones
Artículo 8. Recaudación de la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez
Artículo 9. Recaudación del Instituto para el Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Estado de Colima
Artículo 10. Tasas de recargos
Artículo 11. Incentivos Fiscales
Artículo 12. Atribución de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración de recibir anticipos o adelantos de participaciones, aportaciones, apoyos y subsidios federales o de otros ingresos
Artículo 13. Ingresos que se constituyen como obligaciones de garantía de deuda pública
El documento fue aprobado con 19 votos a favor, las abstenciones de la fracción parlamentaria del PAN y el voto en contra del diputado del Verde Ecologista, Roberto Chapula.