**El Instituto Electoral del Estado aprobó una acción afirmativa “que reúne las características de razonable, temporal, objetiva y proporcional para hacer efectivo el principio constitucional de paridad, en este caso, al presentar reglas en materia de Representación Proporcional de Diputaciones”.
“La lista de candidaturas a Diputaciones por el principio de Representación Proporcional que presente cada partido político durante el actual Proceso Electoral Local 2017-2018, deberá encabezarse por una mujer”, determinó este sábado 06 de enero el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) de Colima, al aprobar el acuerdo relativo a los Criterios aplicables para el registro de Candidaturas por el principio de Representación Proporcional.
Esta acción afirmativa, expone el documento, constituye una medida temporal, razonable, proporcional y objetiva orientada a lograr la igualdad material entre hombres y mujeres, para el efecto de garantizar que éstas accedan a las Diputaciones locales, compensar o remediar una situación de injusticia, desventaja o discriminación que durante años afectó a las mujeres, buscando con ello, alcanzar una mayor representación de las mujeres en la Legislatura local y lograr un nivel de participación equilibrada con los hombres.
Lo anterior durante la Quinta Sesión Extraordinaria, las y los integrantes del Consejo General analizaron el acuerdo mencionado. Al hacer uso de la voz, la Consejera Presidenta del órgano electoral local, Nirvana Fabiola Rosales Ochoa, anotó que lo que se busca es adoptar una acción afirmativa para que la paridad sea un elemento cuantitativo, es decir, que se esté reflejando verdaderamente en la integración de la conformación de los órganos, “de tal manera que se garantice el acceso al ejercicio del poder público a las mujeres en el Estado de Colima”.
Por su parte la consejera Noemí Sofía Herrera Núñez, presidenta de la Comisión de Equidad, Paridad y Perspectiva de Género del IEE, las consejeras Martha Elba Iza Huerta y Arlen Alejandra Martínez Fuentes, integrantes de la misma Comisión; así como la consejera Ayizde Anguiano Polanco, y los consejeros Raúl Maldonado Ramírez y Javier Ávila Carrillo, coincidieron en que existe un compromiso del Consejo General del IEE hacia este grupo que históricamente ha tenido características de vulneración.
Así, con el objeto de lograr mayor transparencia en las etapas del Proceso Electoral Local y abonando al principio de paridad, el Consejo General consideró necesario acordar una serie de criterios para la debida aplicación de las disposiciones constitucionales y de las Leyes de la materia que regulan los actos para el registro de las candidaturas de los partidos políticos, específicamente para el cargo de Diputaciones por el principio de Representación Proporcional, además de agilizar y simplificar el procedimiento de registro de dichas candidaturas ante el Consejo General del Instituto.
Cabe señalar que a la fecha los Partidos Políticos Nacionales no han notificado al órgano electoral local sus métodos de selección de candidaturas; lo que tampoco sería obstáculo para dar cumplimiento a las reglas que se establecen, puesto que tanto las normas estatutarias, como las determinaciones adoptadas por cada partido político respecto del procedimiento aplicable para la selección y postulación de sus candidaturas, contemplan reglas de excepción conforme a las cuales puede modificarse el método de selección aprobado, lo que les permitiría tomar las medidas necesarias para tales efectos.
En tal sentido, atendiendo a lo dispuesto por las Constituciones Federal y Local, por el Código del Estado, demás ordenamientos aplicables, así como por el acuerdo aprobado; la lista conformada por cada partido político y que presenten ante el Órgano Superior de Dirección para el registro de candidaturas al cargo de Diputaciones por el principio de Representación Proporcional, será con el orden siguiente:
LISTA DE CANDIDATURAS A DIPUTACIONES DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2017-2018 | GÉNERO |
1 | MUJER |
2 | HOMBRE |
3 | MUJER |
4 | HOMBRE |
5 | MUJER |
6 | HOMBRE |
7 | MUJER |
8 | HOMBRE |
9 | MUJER |