Iniciativa de Diputada Leticia Zepeda

Según informes del  Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia por sus siglas en ingles UNICEF, en 2013, con motivo de su 65 aniversario emitió un informe que muestra que los nacimientos de casi 230 millones de niñas y niños menores de 5 años no están registrados en todo el mundo.

 

Respecto a esto, Unicef reporta que en México aproximadamente 18% de los menores de edad son registrados hasta después de su primer año de vida.

 

De igual forma en 2014 el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, reportó que 14 millones de mexicanos no contaban con acta de nacimiento, lo anterior es como si todos los habitantes del Estado de México no estuvieran registrados y por ende, no existieran.

 

Cabe resaltar que el registro de nacimiento es un derecho humano, reconocido por diversos instrumentos internacionales, ratificados por México, entre los que se encuentran: La Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño.

 

Respecto a lo anterior, La Convención de los Derechos del Niño establece que todos tienen derecho a un nombre y a una nacionalidad desde el nacimiento y que deberán ser registrados inmediatamente después del alumbramiento.

 

Debe precisarse que el 17 de junio de 2014, los derechos a la identidad y a una nacionalidad fueron elevados a rango constitucional, quedando establecido en el artículo cuarto de nuestra Carta Magna de la siguiente forma: “Toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento. El Estado garantizará el cumplimiento de estos derechos. La autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento”

 

La ausencia de inscripción del nacimiento en el registro civil constituye entonces una clara violación del derecho humano esencial e inalienable de todo niño o niña a la identidad. Por otra parte, el registro de nacimiento es también una primera condición que posibilita la participación social de niños y niñas. Los derechos derivados del registro de nacimiento facilitan su inclusión en la vida económica, política y cultural del país, así como el pleno acceso a otros derechos esenciales como el derecho a la salud, a la educación, al cuidado, a la protección otorgada por las autoridades estatales y nacionales.

 

En consecuencia los niños que carecen de acta de nacimiento son reflejo de la desigualdad y las disparidades sociales en un país, siendo también blanco fácil para la trata de personas y crimen organizado; incluso, si el menor llegare a desaparecer no podría emitirse la “Alerta Amber”, pues el menor carece de registro y por ende, de nombre y nacionalidad.

 

A pesar de los compromisos contraídos en cuanto a la protección de los derechos del niño, existe una preocupación en cuanto a la explotación y los malos tratos a los que son objeto los menores, ya que quienes lo practican sacan buen provecho de la carencia de registros de nacimiento.

 

Me parece que queda mucho por hacer para lograr que el registro de nacimiento reconozca legalmente la existencia de todos los niños en el país y en nuestro Estado. Como legisladora de esta Quincuagésima Octava Legislatura, me preocupa la vulneración a todos aquellos derechos humanos de los niños.

 

De esta forma un sistema eficaz de registro de nacimientos, puede contribuir a la protección de los niños contra la modificación ilegal de su identidad, como el cambio de nombre o falsificación de sus vínculos de parentela.

Creo fervientemente que en Colima podemos comenzar con una adecuada legislación que proteja a todos aquellos menores para que al momento de su nacimiento sean debidamente registrados antes de su salida del hospital.

Por lo anteriormente expuesto propongo a esta honorable asamblea para su aprobación el siguiente

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